Legislación Ambiental

Legislación Ambiental

Todas nuestras actividades están en plena conformidad con la legislación ambiental vigente,
asegurando el cumplimiento y la aplicación de las mejores prácticas para garantizar
la satisfacción de nuestros clientes.

¿Por qué debo realizar un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental?
La legislación ambiental en Guatemala se rige por medio de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto 68-86.

Esta ley establece que para todo proyecto, obra, industria, será necesario previamente a su desarrollo un estudio de evaluación del impacto ambiental, realizado por técnicos en la materia, no cumplir con dicho estudio de Impacto Ambiental será sancionado con una multa de Q.5,000.00 a Q.100,000.00. En caso de no cumplir con este requisito en el término de seis meses de haber sido multado, el negocio será clausurado en tanto no cumpla.

Para el cumplimiento de lo establecido en dicha Ley, el MARN ha creado el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, Acuerdo Gubernativo 137-2016 y sus reformas, que contiene los lineamientos, estructura y procedimientos necesarios para apoyar el desarrollo sostenible del país en el tema ambiental.

¿Qué establece el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental?
Establece las reglas para el uso de instrumentos y guías que faciliten la evaluación, control y seguimiento ambiental de los proyectos, obras, industrias o actividades, que se desarrollan y los que se pretenden desarrollar en el país.
El Reglamento vigente es el Acuerdo Gubernativo 137-2016 y sus reformas, Acuerdo Ministerial 148-2024
Regularización
Descarga Acuerdos Gubernativos

Información

¿Necesitas tramitar tu estudio ambiental?

Todo proyecto, industria o actividades activas tienen que presentar su instrumento ambiental.

www.marn.gob.gt